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Aclaración de Pagarés

Aclaración de Pagarés con el original

Si desea aclarar u omitir la publicación de pagarés en el Boletín Comercial, deberá presentar en nuestras oficinas o agencias regionales el pagaré original con la respectiva acta de protesto que se adjunta al documento.

Aclaración de Pagarés extraviados

Cuando se ha extraviado el pagaré original, deberá solicitarse a la persona natural o jurídica que emitió el pagaré, una declaración jurada firmada ante Notario, en la cual se incluya: Nombre y Rut del Acreedor (nombre de la persona natural o jurídica, que recibió el documento o de quien efectuó su cobro).
• Nombre y Rut del afectado por la publicación.
• Monto del documento y fecha del protesto informado al Boletín Comercial.
• Indicación de que el pagaré fue pagado, o de que existe un acuerdo de pago.
• Fecha de pago o regularización del pagaré.

Si el beneficiario del documento corresponde a una persona jurídica, dicho certificado deberá ser extendido por el representante legal de la misma y el Notario debe dejar constancia de la representatividad del firmante. “Autorizo la firma de ___ en representación de _____, según consta de escritura pública otorgada con fecha ___ en la Notaría ___, que he tenido a la vista."

Además, deberá solicitarse a la Notaria, en la cual se efectuó el protesto del pagaré una copia legalizada del Acta de Protesto, o bien, un certificado emitido por el Notario que efectuó el protesto, el cual debe identificar el pagaré y a la persona o institución que solicitó el protesto. En caso de que el requirente del protesto, persona natural, jurídica o Banco, (quien solicitó el protesto), no sea la misma persona que emitió el pagaré, deberá solicitársele a éste la conformidad del pago (VºBº devolución de endoso). Si el requirente es un Banco, el VºBº de devolución de endoso debe ser emitido por un funcionario que tenga la firma debidamente autorizada en el Boletín Comercial. En caso de que el requirente sea una persona natural o jurídica, dicho VºBº de devolución de endoso, deberá ser extendido por el representante legal de la misma y el Notario debe dejar constancia de la representatividad del firmante. “Autorizo la firma de ___ en representación de _____, según consta de escritura pública otorgada con fecha ___ en la Notaría ___, que he tenido a la vista."

Aclaración de pagarés protestados y cobrados judicialmente

Retirar el pagaré original con su acta de protesto y presentarlo al Boletín Comercial para su aclaración. Cuando no es posible acompañar el pagaré en original, por un motivo ajeno al suscriptor, deberá efectuarse alguno de los siguientes procedimientos: Presentar ante el Juzgado en el cual se ha producido el pago una solicitud, la que deberá ser certificada por el Secretario(a) del Tribunal, expresando que son efectivos los hechos expuestos en la solicitud.
Presentar fotocopia autorizada, por el Tribunal, de la demanda y del escrito en el cual consta el pago.
Presentar certificado extendido por el abogado patrocinante de la demanda, suscrito ante Notario, en el cual da cuenta del pago del documento. Deberá acompañarse además copia con el timbre/cargo original de la demanda en la cual conste el poder conferido.