Ley - 19628

SOBRE PROTECCION DE LA VIDA PRIVADA
Tribunal Constitucional
Proyecto de ley sobre protección de datos de carácter personal

El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Honorable Senado envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de la constitucionalidad de su artículo 16; y que por sentencia de 4 de agosto de 1999, declaró:

1. Que los preceptos contenidos en el artículo 16, del proyecto sometido a control, son constitucionales en el entendido que deben interpretarse en conformidad con lo que se ha señalado en el considerando 7º de esta sentencia.

2. Que las disposiciones contempladas en el artículo 19 del proyecto sometido a control, son constitucionales.

Santiago, agosto 6 de 1999.- Rafael Larraín Cruz, Secretario.

Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional